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PROCESO DE LIQUIDACIÓN Y PAGO DEL RETROACTIVO DE ENERO Y FEBRERO DEL 2020 DEL PERSONAL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE DE LA ENTIDAD TERRITORIAL CERTIFICADA NORTE DE SANTANDER.

La Entidad Territorial Departamento Norte de Santander, en aplicación del decreto 319 del 27 de febrero de 2020 “Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo estatal” procede a liquidar la nómina del retroactivo del personal Docente y Directivo Docente bajo las siguientes consideraciones:

1) Teniendo en cuenta que esta entidad territorial no suspendió la bonificación docente en los meses de enero y febrero de la presenta vigencia y su liquidación se realizó sobre el 3% del salario como lo establecía los Decreto1016 y 1017 de 2019, por tal motivo y dado a que el Decreto de Salarios 319 del 27 de Febrero de 2020, es emitido y publicado en fecha posterior a la liquidación de las nóminas de los meses antes indicados, la Secretaría de Educación procede a realizar ajustes en las liquidación del retroactivo, toda vez que el porcentaje para la liquidación de la Bonificación Docente presenta disminución en 2 puntos porcentuales quedando en el 1% para la vigencia 2020.

2) Conforme a lo anterior la Entidad procedió a efectuar los respectivos reintegros viéndose esta disminución en las nóminas donde se realizó el pago del retroactivo de los meses de enero y febrero por el mayor valor cancelado por este concepto al personal que conforma la planta Docente y Directiva Docente.

3) Es importante aclarar que en aplicación al Decreto de Salarios 319 del 27 de febrero de 2020, los Docentes cuyo salario antes del incremento salarial, no superaba los dos  salarios mínimos legales vigente tenían derecho al pago del SUBSIDIO DE TRANSPORTE a manera de ejemplo se tiene: Un Docente que se encuentra en el grado 1A y que el sistema en los meses de enero y febrero del  año 2020 les liquido y pago el subsidio de transporte, deben tener claro que al aplicarse el incremento salarial con efectos desde el 1 de enero de la vigencia 2020, pierden el derecho al reconocimiento y pago de este concepto, por ende los valores pagados de más deben ser reintegrados de manera automática en la nómina de retroactivo por el Sistema Humano Web.

4) Igualmente, para aquellos funcionarios que por cambio de salario ya sea por el incremento salarial o por ascenso en el escalafón docente y cuya actualización salarial se hubiese aplicado en la nómina del mes de marzo del 2020, con efectos entre los meses de enero o febrero del presente año según sea el caso y que supere el valor de $ 2.013.014 valor definido para la vigencia 2020 en el artículo 16 del decreto salarios No. 319 del 27 de febrero de 2020 establecido para el reconocimiento del SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN; El sistema aplicará el respectivo reintegro de los valores pagados en enero y febrero por este Concepto.

5) El día 28 de mayo de 2020 se hizo efectivo el pago del retroactivo salarial generado en aplicación del decreto 319 del 27 de febrero de 2020.